16 de julio de 2025
La Cámara Federal de San Martín declaró inconstitucional la resolución del Ministerio de Economía que prohibía a los municipios incluir tasas en las boletas de luz y gas. El fallo, que favorece al municipio de Escobar pero beneficia a varios distritos, representa un fuerte revés para la gestión de Luis Caputo y reafirma la autonomía de los gobiernos locales.
La ofensiva del ministro de Economía Luis Caputo para prohibir que los municipios cobren impuestos y tasas a través de las facturas de servicios públicos como luz o gas, recibió esta semana un duro revés judicial. La Cámara Federal de San Martín confirmó que la Resolución 267/2024 es inconstitucional, en línea con lo resuelto previamente por el Juzgado Federal de Campana.
La Justicia falló a favor de la autonomía municipal
El fallo, firmado por los jueces Juan Pablo Salas, Marcos Morán y Marcelo Darío Fernández, respalda la presentación realizada por el municipio de Escobar, pero sienta precedente para otros distritos bonaerenses que también judicializaron la medida impulsada por Caputo.
Según los jueces, el ministro excedió sus facultades al prohibir el cobro de tasas municipales en facturas de servicios públicos, lo que representa un avasallamiento de la autonomía de los gobiernos locales, garantizada por las Constituciones Nacional y Provincial.
"La decisión de 'prohibir' impacta directamente sobre el derecho con el que cuentan los municipios de imponer contribuciones y percibirlas sin intervención alguna de autoridad extraña", indicaron los magistrados.
También señalaron que la normativa cuestionada desnaturaliza el mandato constitucional de asegurar la autonomía financiera de los municipios, al interferir en los convenios legalmente suscriptos entre estos y las empresas proveedoras de servicios públicos, que actúan como agentes de percepción.
Un conflicto que lleva meses
La polémica comenzó en septiembre de 2024, cuando la Secretaría de Industria y Comercio, dependiente del Ministerio de Economía, emitió una resolución que prohibía a las empresas de servicios públicos incluir "conceptos ajenos" en las boletas, tales como tasas viales, ecotasas o incluso el alumbrado público.
Aunque la iniciativa buscaba evitar el cobro de ítems sin relación directa con el servicio -como seguros o préstamos-, su aplicación terminó afectando los ingresos genuinos de los municipios, que se financian en parte a través de estos cargos.
La Cámara reconoció que la propuesta de Caputo persigue un "propósito legítimo", pero advirtió que ese objetivo debe alcanzarse respetando las competencias locales y sin afectar las arcas municipales.
Golpe judicial a la gestión libertaria
Este fallo representa un fuerte traspié para la política fiscal del gobierno nacional, particularmente para el ministro Caputo, en su intento de recortar tributos indirectos en nombre de la transparencia tarifaria. Además, revalida la autonomía municipal frente a decisiones centralistas y abre la puerta a nuevas presentaciones judiciales por parte de otros intendentes afectados.
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16/07/2025
Datos extraidos de Casas de Hoy