30 de marzo de 2026
La decisión se enmarca en una acción declarativa de inconstitucionalidad contra el Estado Nacional y apunta a preservar la situación vigente hasta que haya una sentencia definitiva.
Un juzgado nacional del Trabajo hizo lugar a una medida cautelar presentada por la Confederación General del Trabajo (CGT) y dispuso la suspensión provisoria de varios artículos centrales de la reciente reforma laboral.
La central obrera había cuestionado la Ley 27.802 al considerar que introduce cambios "perjudiciales y permanentes" en los derechos de los trabajadores, afectando garantías constitucionales como la protección del trabajo, la libertad sindical y el principio de progresividad. Entre los puntos más discutidos figuran los límites a la ultraactividad de los convenios colectivos y los topes a los aportes sindicales.
En su resolución, el juez Raúl Ojeda sostuvo que existen elementos suficientes para dictar la cautelar, al advertir una "apariencia razonable" del derecho invocado. Además, reconoció la legitimación de la CGT para impulsar la acción colectiva, al tratarse de derechos de incidencia colectiva vinculados al ámbito laboral.
El magistrado también alertó sobre una posible "desprotección" de los trabajadores y eventuales restricciones a la libertad sindical. En ese sentido, remarcó el rol del Poder Judicial para garantizar la división de poderes y el respeto por la Constitución Nacional frente a reformas que podrían implicar retrocesos en materia de derechos laborales.
Por su parte, el Estado Nacional había pedido rechazar la cautelar, argumentando que la ley fue sancionada en ejercicio de facultades constitucionales y que su suspensión afectaría el interés público. Sin embargo, el juzgado consideró prioritario evitar consecuencias irreparables mientras se analiza el fondo del caso.
La medida tiene carácter provisorio y se mantendrá vigente hasta que la Justicia se pronuncie de manera definitiva sobre la constitucionalidad de los artículos cuestionados.
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Datos extraidos de Casas de Hoy