9 de septiembre de 2025

Economía

Cómo se aplicarán las retenciones de Ingresos Brutos en las billeteras virtuales en la provincia de Buenos Aires

A partir del 1° de octubre, las billeteras virtuales como Mercado Pago, Personal Pay, Ualá y otras comenzarán a estar alcanzadas por retenciones del impuesto a los Ingresos Brutos (IIBB) en la provincia de Buenos Aires.

La medida fue oficializada a través de la Resolución Normativa 25/2025 de ARBA, que establece la adhesión bonaerense al SIRCUPA (Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago), un régimen que unifica criterios tributarios a nivel nacional.

¿Qué cambia?

Con esta decisión, la Provincia equipara el tratamiento fiscal de las billeteras virtuales con el de las cuentas bancarias, que ya tributan bajo el sistema SIRCREB. A partir de ahora, toda acreditación en una cuenta virtual podrá sufrir una retención automática del impuesto, según la actividad económica declarada por el titular.

¿Qué es el impuesto a los Ingresos Brutos?

El IIBB es un impuesto provincial que grava el total de la facturación de una actividad económica, sin considerar ganancias ni gastos.

Las alícuotas varían entre el 0,1% y el 5%, dependiendo de la jurisdicción y del tipo de actividad. En la práctica, se aplica como un descuento automático sobre las acreditaciones en cuentas bancarias o, desde octubre, también en cuentas virtuales.

¿Cómo funcionará el SIRCUPA?

El nuevo sistema SIRCUPA replica el esquema del SIRCREB, pero sobre CVU (Cuentas Virtuales Uniformes). Los puntos clave del régimen son:

* Se retendrá un porcentaje de cada acreditación recibida en cuentas virtuales.

* La alícuota dependerá de la actividad declarada ante ARBA o la Comisión Arbitral.

* No habrá retenciones en transferencias entre cuentas de un mismo titular.

* Las billeteras virtuales actuarán como agentes de recaudación, debiendo retener, declarar e ingresar los montos al fisco.

Desde ARBA aclararon que "no se trata de un nuevo impuesto", sino de una medida que busca armonizar los mecanismos de recaudación fiscal entre bancos y billeteras virtuales.

¿A quiénes alcanzará?

El nuevo régimen tendrá un alcance amplio, incluyendo:

* Personas físicas y jurídicas con cuentas virtuales activas en la provincia.

* Contribuyentes inscriptos en IIBB bajo régimen local o por Convenio Multilateral.

* Monotributistas, comerciantes, profesionales y empresas que operen en Buenos Aires.

Las retenciones se aplicarán sobre montos acreditados en:

* Pesos.

* Monedas extranjeras, excepto dólares estadounidenses.

* Instrumentos equivalentes al peso argentino.

Quedarán excluidas las acreditaciones por:

* Sueldos, jubilaciones y pensiones.

* Exportaciones.

* Intereses de plazos fijos.

* Fondos comunes de inversión.

* Devoluciones de impuestos.

* Planes sociales.

Tres impactos clave del SIRCUPA en Buenos Aires

1- Nuevos contribuyentes alcanzados: muchas personas que operaban solo con billeteras virtuales y no sufrían retenciones comenzarán a ser alcanzadas.

2- Más carga para quienes tributan en otras provincias: contribuyentes que ya sufrían retenciones en otras jurisdicciones, ahora también tributarán en Buenos Aires.

3- Mayor impacto para quienes operan bajo Convenio Multilateral, especialmente si facturan en Buenos Aires y en jurisdicciones no adheridas al SIRCUPA.

¿Qué rol cumplen las billeteras virtuales?

Los Proveedores de Servicios de Pago que ofrecen cuentas virtuales (PSPCP) inscriptos ante el Banco Central deberán:

* Retener el impuesto cuando corresponda.

* Declarar periódicamente los movimientos.

* Ingresar las retenciones en pesos, incluso si se aplican sobre acreditaciones en moneda extranjera.

Fechas clave

* 1° de octubre de 2025: comienza la aplicación para proveedores ya designados como agentes de retención en otras jurisdicciones y que figuren en el padrón oficial.

* 1° de noviembre de 2025: se extiende al resto de los prestadores de servicios de pago no alcanzados previamente.

¿Qué se recomienda a los usuarios y contribuyentes?

Especialistas en materia fiscal recomiendan que los contribuyentes:

* Verifiquen su situación impositiva ante ARBA o el Convenio Multilateral.

* Controlen si están incluidos en el padrón de sujetos pasibles de retención.

* Evalúen el impacto de las retenciones en su flujo de caja, especialmente si operan mayormente con billeteras virtuales.

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