La Suprema Corte de Justicia de la provincia dio marcha atrás con la decisión de la Cámara de Apelaciones de Azul, que había rechazado el juicio abreviado en la causa por la muerte de Sebastián Simon.
Hace un poco más de un mes se conoció la decisión de la Cámara de Apelaciones y Garantías de Azul, que revocó el juicio abreviado en la causa por la muerte de Sebastián Simon, acordado entre el fiscal y la defensa y convalidado por el juez de primera instancia.
El proceso judicial, encabezado por el fiscal Ignacio Calonje -quien intervino debido al estatus de funcionario público del implicado en ese momento- se desarrolló inicialmente bajo la modalidad de juicio abreviado.
Sin embargo, la Cámara de Apelaciones de Azul, integrada por los doctores Carlos Paulino Pagliere (hijo), Agustín Echevarría y Damián Pedro Sini, desestimó esta opción con dos votos a favor y uno en disidencia. Argumentaron que, dada la gravedad del caso, era necesario escuchar a la víctima.
No obstante, en las últimas horas, esta decisión fue revertida por la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires.
Qué decía el fallo de Cámara
El juez Carlos Paulino Pagliere (h), conocido por su postura contraria al juicio por jurados, explicó que el juicio abreviado no constituye un juicio propiamente dicho, sino más bien un acuerdo entre el fiscal, el defensor y el imputado para establecer una pena. Es importante destacar que en este acuerdo el imputado no necesariamente admite su culpabilidad, sino que está aceptando una pena acordada, con la ventaja de que el juez no puede imponer una pena mayor a la establecida en dicho acuerdo.
El juez Pagliere enfatizó la importancia de la participación de la víctima en este proceso, señalando que históricamente las víctimas eran tratadas como "convidados de piedra", siendo informadas de la sentencia sin tener oportunidad de expresar su opinión o su dolor. Este enfoque, según el magistrado, retrasa el sistema judicial y socava los derechos de las víctimas.
Propuso que las víctimas deben tener un papel central en el proceso judicial, participando activamente en la determinación de las penas acordadas. Destacó que, aunque el fiscal representa los intereses de la población en general, esto no excluye su responsabilidad de velar por los derechos de la víctima y considerar su posición en el proceso judicial.
El juez también criticó la falta de consulta a las víctimas en el proceso de juicio abreviado, señalando que mientras los derechos de los imputados son protegidos rigurosamente, los de las víctimas a menudo son pasados por alto. Esta disparidad, en su opinión, es inaceptable y debe ser corregida mediante reformas legislativas que garanticen la participación y los derechos de las víctimas en el proceso judicial.
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Datos extraidos de Casas de Hoy