12 de octubre de 2020
El Gobierno nacional oficializó este lunes la prórroga de la cuarentena a través del Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio (DISPO) y el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO). La medida será hasta el 25 de octubre en el marco de la emergencia sanitaria establecida ante la pandemia de coronavirus.
La extensión, dispuesta a través del Decreto 792/2020 publicado el Boletín Oficial, bajo la modalidad ASPO será aplicada en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) que alcanza a la Ciudad de Buenos Aires y los 35 municipios bonaerenses. Además, incluye en la Provincia a los distritos de General Pueyrredón, Bahía Blanca, San Nicolás y Tandil.
A su vez, el Poder Ejecutivo estableció que podrán reanudarse las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales de acuerdo a los parámetros establecidos por el Consejo Federal de Educación. De esta manera, el Ministerio de Educación de la Nación será la autoridad competente que deberá aprobar los planes de cada jurisdicción para el regreso a la presencialidad.
Otras de las medidas dispuestas por el Gobierno incluye la autorización en todo el país de las reuniones sociales de hasta diez personas en espacios públicos al aire libre, con una distancia mínima de dos metros, uso de tapabocas y cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias provinciales, aunque seguirán sin poder utilizarse los servicios públicos de pasajeros de colectivos, trenes o subtes.
En cuanto a esto, serán los gobernadores quienes podrán suspender esas reuniones con el fin de proteger la salud pública. Asimismo, el jefe de Gabinete de Ministros es la autoridad facultada para ampliar, reducir o suspender esta autorización en atención a la evolución de la situación epidemiológica.
El DISPO se sigue aplicando a aquellas jurisdicciones en las que el sistema de salud cuenta "con capacidad suficiente y adecuada para dar respuesta a la demanda sanitaria", y que no están definidas "por la autoridad sanitaria nacional como aquellas que poseen 'transmisión comunitaria' sostenida del virus SARS-CoV-2.2" y en las que la evolución de la cantidad de casos en las últimas dos semanas haya manifestado un descenso, según se dispuso.
En las dos condiciones siguen prohibidos los eventos culturales, recreativos o religiosos en espacios públicos o privados con concurrencia mayor a 10 personas; los eventos sociales o familiares en espacios cerrados y en los domicilios de las personas, salvo el grupo conviviente.
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