29 de junio de 2022

Economia

Subsidios: qué datos serán necesarios para la declaración jurada

El Gobierno nacional dio más detalles sobre los datos que los usuarios deberán poner en el formulario para acceder a los subsidios de las tarifas de gas y luz. A través de la resolución 467/2022 publicada en el Boletín Oficial se informó que la Declaración Jurada estará en formato digital, se podrá completar a través del sitio web https://www.argentina.gob.ar. Los datos brindados conformarán el Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE).

El formulario deberá ser completado por todos los usuarios que quieran mantener los subsidios. Quienes no completen este trámite, perderán los subsidios. La inscripción no excluye a quienes reciben prestaciones sociales ni a jubilados y pensionados.

Qué datos se pedirán para tramitar los subsidios

Según el anexo de la resolución, cada usuario deberá brindar la siguiente información:

*DNI

*Número de trámite

*Nombre

*Apellido

*CUIL

*Género

*Fecha de nacimiento

*Datos socioeconómicos

*Situación laboral

*Datos de contacto

*Domicilio declarado por el usuario

*Código postal

*Relación con el domicilio

*Datos del servicio de luz

*Datos del servicio de gas

*Datos del grupo conviviente

Cómo completar la Declaración Jurada

Se podrá acceder al formulario a través del sitio web https://www.argentina.gob.ar y completarlo desde dispositivos móviles y computadoras, como así también, en oficinas de atención al público de las prestadoras de luz y gas y de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), ya que la norma determina que se deberá garantizar la "atención presencial" de los usuarios para "facilitar la carga digital" del RASE a quienes no cuenten con las herramientas para hacerlo digitalmente.

Una vez que se complete la declaración jurada, se determinará en qué grupo de segmentación pertenece cada usuario. Cabe recordar que el Gobierno dispuso que habrá tres niveles de segmentación de usuarios: Segmento de ingresos altos, segmento de ingresos medios, segmento de menores ingresos.

Si bien la ubicación de los usuarios en cada una de estas tres categorías estará basada en la información presentada en su declaración jurada, la resolución aclara que, en caso de ser necesario, se podrá pedir "a los organismos correspondientes, con la periodicidad que determine, los cruces de información necesarios" para "administrar adecuadamente" esa segmentación.

Cuáles son los tres niveles de segmentación de tarifas

El Gobierno determinó implementar la segmentación de tarifas para "ordenar los subsidios a la luz y el gas según los aspectos socio-económicos de cada hogar". Así se podrá identificar qué sectores "realmente necesitan" una tarifa subsidiada y qué grupos sociales se encuentran en una situación económica más acomodada y pueden abonar la tarifa plena. Para hacerlo, dispuso tres categorías de usuario:

1. Segmento de ingresos altos

Este grupo percibirá una reducción de los subsidios gradual, en tercios bimestrales, hasta alcanzar la cobertura plena del costo de la energía hacia fines de 2022. Son aquellos hogares que declaran reunir al menos una de las siguientes condiciones, considerando a todas y todos los convivientes:

*Ingresos mensuales totales del hogar equivalentes o superiores a $350.000 (es decir 3,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según el índice del INDEC).

*Poseer 3 o más vehículos con una antigüedad menor a 5 años.

*Poseer 3 o más inmuebles.

*Tener una embarcación, una aeronave de lujo o ser titular de activos societarios que exterioricen capacidad económica plena.

2. Segmento de ingresos medios

Se trata de los hogares que declaran reunir al menos una de las siguientes condiciones, considerando a todas y todos los convivientes:

*Ingresos mensuales totales del hogar que van desde los $100.000 hasta $350.000 (entre 1 y 3,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC).

*Poseer hasta 2 inmuebles o no poseer ninguno.

*Tener hasta 2 vehículos con una antigüedad menor a 5 años.

*No poseer aeronaves, embarcaciones de lujo o activos societarios que exterioricen capacidad económica plena.

3. Segmento de ingresos bajos

Son los hogares que reúnen alguna de las siguientes condiciones, considerando en conjunto a todas y todos los convivientes:

*Ingresos mensuales totales del hogar menores a $100 mil pesos (1 canasta básica para un hogar tipo 2 según INDEC).

*Poseer 1 o ningún inmueble.

*No tener un vehículo con menos de 3 años de antigüedad, excepto para los hogares en donde exista al menos una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD).

*No poseer aeronaves, embarcaciones de lujo o activos societarios que exterioricen capacidad económica plena.

*Vivir en un domicilio donde funcione un comedor o merendero comunitario registrado en RENACOM (Registro Nacional de Comedores y Merenderos Comunitarios de Organizaciones de la Sociedad Civil).

*Al menos una o un integrante cuenta con Certificado de Discapacidad y el hogar en su conjunto perciba un ingreso mensual total menor a $150 mil (1,5 canastas básicas para un hogar tipo 2).

*Al menos una o un integrante del hogar sea titular de un Certificado de Vivienda del ReNaBaP (Registro Nacional de Barrios Populares).

*Al menos una o un integrante del hogar posea Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.

Si el hogar está inscripto en el RENACOM, tiene certificado del ReNaBaP o alguno de los convivientes tiene Pensión Vitalicia para Veteranos de Guerra o Certificado de Discapacidad, pero se contemple dentro de alguna de las siguientes condiciones, será inscripto dentro de los sectores medios:

*Los ingresos mensuales totales del hogar son superiores a $100 mil pesos (1 canasta básica tipo 2 según INDEC).

*Poseen 2 o más inmuebles, considerando al grupo del hogar en su conjunto o

*Poseen al menos 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad (excepto para los hogares en donde exista al menos una o un conviviente con Certificado de Discapacidad).

Qué grupos estarán exceptuados de la segmentación de tarifas

Además de las tres categorías de usuarios descritos anteriormente, el Gobierno determinó dos casos en los que los hogares puede quedar por fuera de la segmentación:

*Los hogares con personas electrodependientes, inscriptos en el Registro de Electrodependientes, quedarán exceptuadas de la segmentación de tarifas de luz y no deberán anotarse en el RASE. Solamente tendrán que hacer este trámite para solicitar la segmentación del servicio de gas.

*Si en el domicilio funciona una entidad de bien público, tampoco corresponde hacer el trámite. Es posible solicitar la tarifa diferencial para entidades.

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