13 de agosto de 2023

La ciudad

Qué cosas no se pueden hacer hoy

Hay determinadas actividades que el Código Nacional Electoral, en su artículo 71, prohíbe realizar el día de la elección y hasta tres horas después de finalizado la misma.

Ellas son:

-Reuniones de electoras y electores o depósito de armas en casas dentro de un radio de ochenta metros alrededor de la mesa receptora de votos.

-Espectáculos, fiestas teatrales, deportivas y cualquier reunión pública que no se refieran al acto electoral.

-Tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas.

-Ofrecer o entregar boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de los lugares de votación.

-A los electoras y electores, la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos.

-Realizar actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales y de proyección sobre el resultado.

-Abrir los locales partidarios ubicados dentro de un radio de ochenta metros de los lugares de votación.


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