21 de mayo de 2025

Boletín Oficial

Milei restringe por decreto el derecho a huelga de los trabajadores

La nueva normativa establece que en caso de conflictos colectivos de trabajo, las actividades esenciales deberán garantizar un mínimo de 75% de prestación de servicios, mientras que aquellas catalogadas como "de importancia trascendental" deberán asegurar un funcionamiento no inferior al 50%.

A través del decreto de necesidad y urgencia (DNU) 340/2025, el gobierno nacional amplió la lista de actividades consideradas "esenciales" y, con ello, restringió el alcance del derecho a huelga en esos sectores. La medida fue publicada este martes en el Boletín Oficial y ya generó fuertes rechazos por parte del movimiento sindical.

"Los conflictos colectivos que pudieren afectar la normal prestación de servicios esenciales o actividades de importancia trascendental quedan sujetos a las siguientes garantías de prestación de servicios mínimos", indica el artículo 3 del decreto.

Qué actividades se consideran ahora "esenciales"

Hasta ahora, el listado de servicios esenciales incluía a los sanitarios y hospitalarios, la producción y distribución de agua potable y energía eléctrica, los servicios telefónicos y el control del tráfico aéreo. Sin embargo, el DNU 340/2025 amplió considerablemente ese listado, incorporando sectores clave de la salud, el transporte, las telecomunicaciones y la educación.

Entre las nuevas actividades esenciales se encuentran:

Transporte y distribución de medicamentos e insumos hospitalarios

Servicios farmacéuticos

Producción, transporte y comercialización de gas, combustibles y energía

Servicios de internet, telecomunicaciones y comunicaciones satelitales

Aeronáutica comercial y control del tráfico portuario

Servicios aduaneros y migratorios

Educación en todos los niveles, desde guarderías hasta escuelas especiales

Transporte marítimo y fluvial de personas y mercancías

Servicios vinculados al comercio exterior

Según el Gobierno, estas medidas buscan garantizar el funcionamiento básico del país durante eventuales medidas de fuerza, en el marco de una política más amplia de desregulación y reestructuración del Estado.

Fuerte rechazo sindical

En su comunicado, la CGT Tandil y la Mesa Intersindical indican: "La mencionada reforma es un atropello de este gobierno en contra de los trabajadores, obedeciendo estrictamente a peticiones y condicionamientos del Fondo Monetario Internacional, acreedores y dueños ilegítimos de los sueños de millones de trabajadores".

El decreto fue firmado por el presidente Javier Milei y los ministros Gerardo Werthein (Relaciones Exteriores), Luis Petri (Defensa), Luis Caputo (Economía), Mariano Cúneo Libarona (Justicia), Patricia Bullrich (Seguridad), Mario Iván Lugones (Salud), Sandra Pettovello (Capital Humano) y Federico Sturzenegger (Desregulación del Estado).

Desde los gremios no descartan medidas legales y acciones de protesta en respuesta a esta nueva normativa, que vuelve a tensar el vínculo entre el Gobierno y las organizaciones sindicales.

"Más que nunca el movimiento obrero en su complexión de actor ineludible del campo nacional y popular debe estar unido, dejando de lado las diferencias superficiales que sólo nos debilitan ante el enemigo real que nos gobierna y consume", concluye el comunicado local.

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