1 de diciembre de 2025
La Subsecretaría de Promoción de la Salud y Bienestar Policial del Ministerio de Seguridad, a través de un instructivo oficial, ordenó un estricto control sobre los efectivos que se encuentran bajo licencia médica en condición de Reposo Ambulatorio Terapéutico (R.A.T) y que realicen actividades laborales privadas.
El procedimiento establece que, en caso de detectar que un policía con licencia médica está trabajando en otra actividad lucrativa, el jefe de la dependencia deberá iniciar un sumario administrativo con intervención de la Auditoría General de Asuntos Internos (AGAI), comunicar el hecho a la autoridad judicial correspondiente y labrar un acta circunstanciada de los hechos, además de recabar pruebas documentales y realizar inspecciones si fueran necesarias.
El instructivo aclara que incluso actividades recreativas o deportivas deben ser evaluadas por la Dirección de Sanidad para determinar si afectan la licencia otorgada. Asimismo, se refuerza la obligatoriedad de asistir a las Juntas Médicas, recordando que la inasistencia constituye falta grave según el artículo 49 del decreto 1050/2009.
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Datos extraidos de Casas de Hoy