27 de abril de 2017
El Juzgado en lo Contencioso Administrativo Nº 2 de la Ciudad de La Plata, a cargo de María ventura Martínez, hizo lugar al reclamo planteado por la Seccional Provincia de Buenos Aires del Sindicato Argentino de Docentes Privados. El mismo reclamaba que la Comunicación Nº 53 de la DIPREGEP violaba las medidas cautelares del 15 y 23 de marzo, en las cuales se ordenaba al Poder Ejecutivo Provincial que se abstenga de llevar adelante todo acto que altere, restrinja, limite o afecte la libertad de los trabajadores de la educación.
Es por ello que ordenó a la Dirección General de Cultura y Educación bonaerense a abstenerse de realizar descuentos por los días de paro y, en caso de haberse efectivizado, deberán ser devueltos inmediatamente. Al igual que alcanza al caso de los subsidios a los establecimientos privados, para los cuales, de haberse devuelto con fundamento en los días de paro, deberán reintregrarse.
Además, en la misma disposición solicitó a los maestros respetar la discusión paritaria y no realizar medidas de fuerzas por un lapso de 30 días.
Por último, la medida establece que la gratificación concedida por el Gobierno Provincial para aquellos trabajadores que no hubieren participado de las medidas de fuerza, deberá considerarse a cuenta de futuros aumentos, a los fines de mantener la igualdad remunerativa.
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