24 de octubre de 2026
El bloque de Fuerza Patria presentó un pedido de informes en el Concejo Deliberante. Exigen precisar cuántos trabajadores públicos cumplen tareas en el gremio y su mutual, el impacto económico en las arcas locales y la caja del "aporte solidario".
Un duro frente de tormenta político e institucional se abrió en el municipio de Tandil. El bloque de concejales de Fuerza Patria elevó un formal y detallado pedido de informes ante el presidente del Honorable Concejo Deliberante, para que se audite la asignación de personal municipal (pase a comisión) que presta servicios en el Sindicato de Trabajadores Municipales de Tandil (STMT) y en sus distintas entidades vinculadas.
La iniciativa legislativa surge en un clima de creciente tensión social y administrativa, gatillada a partir de la reciente denuncia presentada por una trabajadora municipal que se encontraba comisionada en la entidad gremial, sumada a trascendidos sobre situaciones similares padecidas por otras mujeres en ese mismo ámbito laboral.
Denuncias en el ámbito gremial y la exigencia de transparencia
Según reza el documento presentado por la bancada opositora, resulta indispensable esclarecer las condiciones, fundamentos y costos que representan para el presupuesto público las modalidades administrativas de "pase en comisión", "adscripción" o "afectación" de agentes municipales hacia estructuras externas.
Desde el bloque firmante recalcaron que los salarios de los agentes públicos son financiados íntegramente con recursos de los contribuyentes. En tal sentido, advirtieron sobre la necesidad institucional de distinguir con claridad a aquellos dirigentes que ejercen legítimas funciones de representación gremial, de aquellos empleados estatales que son destinados a cubrir tareas administrativas u operativas en comercios, establecimientos o emprendimientos del sindicato y su mutual.
Bajo la lupa: desde la sede sindical hasta farmacias y campings
El proyecto de comunicación exige al Departamento Ejecutivo un relevamiento exhaustivo de todo el personal comisionado al STMT y a su mutual. Entre los puntos requeridos, el municipio deberá precisar:
Nómina y legajos: Apellido, nombre, número de legajo, secretaría o dependencia de origen, categoría, régimen horario y tipo de contratación (planta permanente o temporaria).
Lugares de prestación de tareas: Detalle específico de si los agentes cumplen funciones en la sede central del sindicato, en la mutual, en la proveeduría, en las farmacias sindicales, en el jardín maternal o en el camping "Quinta Belén".
Mecanismos de reemplazo: Si la ausencia del empleado en la estructura municipal obligó a disponer reemplazos o de qué manera se cubrió su función administrativa u operativa.
Cargos directivos: Cuántos de los agentes comisionados integran formalmente la Comisión Directiva del gremio y bajo qué figura administrativa se encuentran encuadrados (como licencia gremial con goce de haberes).
La caja sindical: "Aporte Solidario" y transferencias del Municipio
Otro de los capítulos más sensibles del pedido de informes apunta directo a las finanzas y al flujo de dinero entre las arcas comunales y la estructura sindical.
El articulado exige que el Ejecutivo detalle los montos totales retenidos y transferidos al STMT en concepto de "Aporte Solidario / Usufructo", conforme lo establecido en el Artículo 319 del Convenio Colectivo de Trabajo vigente desde su implementación. Asimismo, se pide explicitar la cantidad exacta de trabajadores municipales no afiliados que sufren dicha retención en sus haberes y aclarar si existen subsidios directos o partidas presupuestarias complementarias destinadas al gremio por fuera del marco convencional.
Control extendido a otras entidades privadas y ONGs
Finalmente, el pedido de informes trasciende el marco estrictamente gremial e intima al Ejecutivo local a declarar si existen agentes municipales destinados a prestar servicios comisionados en otras asociaciones civiles, fundaciones, mutuales, cooperativas u organizaciones no gubernamentales. En caso afirmativo, se solicitó la nómina completa, la denominación de la entidad receptora y los fundamentos normativos que autorizaron la cesión de personal público.





Datos extraidos de Casas de Hoy
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