1 de octubre de 2026

Poder judicial

Poder judicial. La Corte se defiende: en un comunicado, aclaró su fallo sobre la venta de tierras a extranjeros

El máximo tribunal sostuvo que su reciente decisión abordó una cuestión procesal y que todavía no se expidió sobre la constitucionalidad del régimen que limita la adquisición de tierras rurales por parte de extranjeros.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación difundió un comunicado para precisar los alcances de su reciente fallo sobre el régimen de tierras rurales y la vigencia del artículo 154 del DNU 70/2023. La aclaración se conoció luego de las críticas que generó la resolución.

Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti señalaron que en el caso analizado la Corte resolvió "un aspecto procesal", vinculado con la legitimación de una asociación para solicitar una medida cautelar.

Según explicaron, la decisión no implica un pronunciamiento sobre la constitucionalidad del régimen de tierras. Además, remarcaron que el fallo no afecta otras medidas cautelares con el mismo objeto que se encuentren en trámite ante distintos tribunales.

Qué dijo la Corte sobre futuros reclamos

El máximo tribunal sostuvo que cualquier persona que considere que el régimen legal de tierras es inconstitucional puede solicitar una medida cautelar ante la Justicia, y que será el juez competente quien determine si corresponde concederla.

En ese sentido, la Corte también señaló que los grupos interesados en la cuestión pueden recurrir a la vía judicial y cuestionó la utilización de discursos de odio y descalificaciones en redes sociales.

El Congreso puede continuar con el tratamiento

Los ministros también aclararon que la resolución no obstaculiza la función del Congreso de la Nación respecto del tratamiento del DNU 70/2023.

La controversia se vincula con el artículo 154 del decreto, que derogó la Ley 26.737, conocida como Ley de Tierras, que establece restricciones para la adquisición de tierras rurales por parte de extranjeros.

La Corte remarcó que la cuestión de fondo todavía no fue resuelta en este caso y que tampoco fijó una posición sobre la vigencia o constitucionalidad del régimen.

"La Corte se expedirá sobre las normas jurídicas conocidas como ley de tierras cuando lleguen esos reclamos, lo que no ha ocurrido hasta el momento", señalaron los ministros en el comunicado.

De esta manera, el máximo tribunal sostuvo que su reciente decisión se limitó a resolver la cuestión procesal planteada en el expediente y que una eventual discusión sobre la constitucionalidad de las normas deberá ser analizada cuando llegue a la Corte un reclamo sobre ese punto.

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