20 de julio de 2026
A partir de ahora, determinados componentes del recibo de sueldo quedan eliminados de los aportes sindicales.
El Gobierno nacional avanzó con un nuevo paso en la implementación de la reforma laboral al reglamentar cómo deberán calcularse los aportes sindicales previstos en los convenios colectivos. A partir del Decreto 612/2026, publicado este lunes en el Boletín Oficial, las horas extra, el aguinaldo, los bonos y otros pagos no habituales dejarán de formar parte de la base sobre la que se calculan esos aportes.
La medida forma parte de la implementación de la Ley de Modernización Laboral y busca, según el texto oficial, dar mayor certeza sobre la aplicación de las normas vigentes antes de la homologación de nuevos acuerdos colectivos.
El decreto precisa que la base de cálculo de los aportes sindicales estará integrada únicamente por el salario básico convencional correspondiente a la categoría del trabajador y las sumas remunerativas normales, habituales y de pago mensual previstas en los convenios colectivos.
Hasta ahora, la falta de una definición expresa permitía distintas interpretaciones sobre qué conceptos debían incluirse en ese cálculo. Con la nueva reglamentación, el Gobierno establece un criterio uniforme para todos los futuros acuerdos.
Qué conceptos ya no se tendrán en cuenta para calcular los aportes sindicales
El Decreto 612/2026 establece que no integrarán la base de cálculo los siguientes conceptos:
-Horas extras.
-Premios y bonos.
-Participación en las ganancias.
-Sueldo Anual Complementario (aguinaldo).
-Plus vacacional.
-Sumas no remunerativas.
-Cualquier otro pago que no sea normal, habitual y mensual.





Datos extraidos de Casas de Hoy
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