8 de julio de 2026
La prórroga regirá hasta el 31 de diciembre de 2026 y alcanza a unas 12.000 instituciones. El trámite de reempadronamiento deberá realizarse a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD).
El Gobierno nacional prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2026 el plazo para que los Clubes de Barrio y de Pueblo que ya reciben subsidios en las tarifas de energía completen el trámite de reempadronamiento y conserven el beneficio previsto por la Ley N.º 27.098.
La medida fue oficializada este miércoles mediante la Disposición 6 de la Subsecretaría de Eficiencia e Información Energética, luego de detectar que una parte importante de las instituciones beneficiarias aún no logró finalizar el proceso o tiene su solicitud en evaluación.
La extensión busca evitar que los clubes pierdan el acceso al subsidio por cuestiones exclusivamente administrativas y alcanza a alrededor de 12.000 entidades sin fines de lucro de todo el país.
El beneficio consiste en un bloque de consumo subsidiado de electricidad y gas. En el caso de la energía eléctrica, los clubes cuentan con un bloque bonificado de 300 kilowatts por hora (kWh) mensuales durante enero, febrero, mayo, junio, julio, agosto y diciembre, mientras que en marzo, abril, septiembre, octubre y noviembre el límite es de 150 kWh. El consumo que exceda esos valores se abonará a tarifa plena. En el servicio de gas, los topes varían según la distribuidora, la categoría del usuario y la época del año.
Desde el Gobierno aclararon que la prórroga no modifica los requisitos para acceder al beneficio ni incorpora automáticamente nuevas instituciones al régimen. Los controles y las verificaciones continuarán durante todo el período de extensión.
Qué deben hacer los clubes
Las instituciones deberán completar el trámite de reempadronamiento a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD), donde deberán informar:
- La cantidad de sedes y de medidores de gas y electricidad a subsidiar.
- Una declaración jurada que certifique que no están alcanzados por los criterios de exclusión.
- Los datos del presidente de la institución.
- El estatuto y el certificado de inscripción en el Registro Nacional de Clubes de Barrio y de Pueblo.
- El compromiso de ceder gratuitamente sus instalaciones para actividades sociales, educativas no formales y culturales.
Además, deberán informar si fueron creadas por una empresa con fines de lucro, si alquilan sus instalaciones a empresas privadas o cadenas de gimnasios, si tienen sede central en el extranjero o si comparten medidores de servicios con una empresa comercial.





Datos extraidos de Casas de Hoy
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